En 1965, el Presidente Eduardo Frei Montalva estimó que el 6 de noviembre ameritaba ser declarado como "Día de la Antártica Chilena", oficializándolo legalmente.
Antiartkos
El Día de la Antártica Chilena
El 6 de noviembre se celebró el Día de la Antártica Chilena, fijado por D.S. 778 de 1965 de RR.EE. Esta fecha nos hace recordar que desde el comienzo de su existencia histórica el territorio de Chile alcanza el Polo Sur. En 1569, Alonso de Ercilla, en "La Araucana", describía a Chile como "fértil provincia y señalada, en la región antártica famosa", graficando así nuestra proyección territorial hasta el corazón del continente antártico.
Pronto se habrán cumplido 50 años desde que el 1 de diciembre de 1959 doce países -Chile, Argentina, Reino Unido, Francia, Japón, Noruega, Australia, Nueva Zelandia, Estados Unidos, Rusia (entonces Unión Soviética), Bélgica y Sudáfrica- suscribieron el Tratado Antártico. Su Artículo IV establece una fórmula jurídica especial, mediante la cual se resguardan las reclamaciones formales de territorio efectuadas a la fecha, reconociéndose que existen también otras posiciones de base de reclamación o denegación de ellas. Mientras el Tratado Antártico, cuya duración es indefinida, se encuentre vigente, los derechos soberanos de Chile estarán debidamente cautelados.
Durante medio siglo, un continente entero ha estado dedicado a la paz y a la ciencia. Es la mayor zona desmilitarizada y desnuclearizada del mundo. Es también la más grande reserva natural, el lugar más prístino, incluyendo su vida silvestre y sus valores estéticos. Muy especialmente, constituye una zona privilegiada para la realización de investigaciones científicas esenciales para la comprensión del medio ambiente global y del cambio climático. Por último, es el único "Mercado Común del Conocimiento Científico", que no admite monopolios o apropiación de la información científica. Por esta razón, la planificación de las actividades que se desarrollen en la Antártica debe hacerse cuidando y limitando todo impacto perjudicial sobre el medio ambiente antártico y sus ecosistemas dependientes y asociados que, por la situación geográfica de Chile, revisten máxima prioridad.
La Antártica es un continente sobre el cual un conjunto de países han adquirido obligaciones "en interés de toda la Humanidad", velando por que sea utilizado para siempre exclusivamente para fines pacíficos y no se convierta en escenario de discordias internacionales. Incluyendo los 12 países signatarios originales, suman veintiocho Estados los que participan en las decisiones de consenso que se adoptan en reuniones anuales para administrar dicho continente y preservarlo para futuras generaciones. Para apreciar la legitimidad del régimen antártico, cabe señalar que los 47 Estados Partes del Tratado suman aproximadamente el 90 por ciento de la población mundial.
En una crónica reciente, publicada en este mismo diario, se hace referencia a un accidente cuyas víctimas fallecieron al no abrirse sus paracaídas, debido al frío polar por la excesiva altura en que se realizó el lanzamiento. En este episodio, que ocurrió en la Base Scott/Amundsen del Polo Sur, en el vértice de la zona reclamada por Chile, se aplicó la ley chilena conforme a la jurisdicción del tribunal de Punta Arenas. Ello no tan sólo para la revisión técnica de los paracaídas, sino también en el ámbito de la ley penal, estableciendo las causas, descartando el suicidio colectivo y la intervención de terceros, pero dejando las responsabilidades civiles al país en el cual habían sido pactadas.
El precedente importa, porque los "países-puente" a la Antártica tienen responsabilidades prioritarias en la aplicación de las normas internacionales sobre seguridad de la vida humana en el mar y en los espacios aéreos. Existe una alianza entre los Estados que tienen responsabilidades de Centros de Búsqueda y Rescate (Chile, Argentina, Sudáfrica, Australia y Nueva Zelandia); en la zona de la Península Antártica opera una Patrulla Naval Combinada chileno-argentina, y los Estados Rectores del Puerto -que son los países desde los cuales parten las expediciones marítimas o que mantienen responsabilidades de Zonas de Información de Vuelo- cumplen un rol fundamental.
En el caso de Chile, para orientar la acción del Estado frente a los grandes desafíos que representa este continente y que afectan también estratégicamente las comunicaciones marítimas y, probablemente, también las aéreas en el futuro, nuestro país cuenta con un Consejo de Política Antártica que preside el canciller, con una Política Antártica del año 2000, un Programa Nacional Antártico y un Plan Estratégico 2006-2010, responsabilidades que coordina el Departamento Antártico de la Dirección de Medio Ambiente, Antártica y Asuntos Marítimos de la Cancillería, en conjunto con los organismos dependientes del ministerio -Dirección de Fronteras y Límites, e Instituto Antártico Chileno- y con las instituciones de la Defensa Nacional cuyas tres ramas mantienen bases en la Antártica. Está en estudio avanzado un proyecto de Ley de Protección de la Antártica Chilena, que conjugaría apropiadamente las obligaciones internacionales con las exigencias de la ley chilena en este dominio.
En una crónica reciente, publicada en este mismo diario, se hace referencia a un accidente cuyas víctimas fallecieron al no abrirse sus paracaídas, debido al frío polar por la excesiva altura en que se realizó el lanzamiento. En este episodio, que ocurrió en la Base Scott/Amundsen del Polo Sur, en el vértice de la zona reclamada por Chile, se aplicó la ley chilena conforme a la jurisdicción del tribunal de Punta Arenas. Ello no tan sólo para la revisión técnica de los paracaídas, sino también en el ámbito de la ley penal, estableciendo las causas, descartando el suicidio colectivo y la intervención de terceros, pero dejando las responsabilidades civiles al país en el cual habían sido pactadas.
El precedente importa, porque los "países-puente" a la Antártica tienen responsabilidades prioritarias en la aplicación de las normas internacionales sobre seguridad de la vida humana en el mar y en los espacios aéreos. Existe una alianza entre los Estados que tienen responsabilidades de Centros de Búsqueda y Rescate (Chile, Argentina, Sudáfrica, Australia y Nueva Zelandia); en la zona de la Península Antártica opera una Patrulla Naval Combinada chileno-argentina, y los Estados Rectores del Puerto -que son los países desde los cuales parten las expediciones marítimas o que mantienen responsabilidades de Zonas de Información de Vuelo- cumplen un rol fundamental.
En el caso de Chile, para orientar la acción del Estado frente a los grandes desafíos que representa este continente y que afectan también estratégicamente las comunicaciones marítimas y, probablemente, también las aéreas en el futuro, nuestro país cuenta con un Consejo de Política Antártica que preside el canciller, con una Política Antártica del año 2000, un Programa Nacional Antártico y un Plan Estratégico 2006-2010, responsabilidades que coordina el Departamento Antártico de la Dirección de Medio Ambiente, Antártica y Asuntos Marítimos de la Cancillería, en conjunto con los organismos dependientes del ministerio -Dirección de Fronteras y Límites, e Instituto Antártico Chileno- y con las instituciones de la Defensa Nacional cuyas tres ramas mantienen bases en la Antártica. Está en estudio avanzado un proyecto de Ley de Protección de la Antártica Chilena, que conjugaría apropiadamente las obligaciones internacionales con las exigencias de la ley chilena en este dominio.
Alberto Van Klaveren
11 de nov 2009
IEI
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